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Circular 10/2020

Enero 23 de 2020

CAMARA NACIONAL DE COMERCIO Información General

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Resolución Normativa de Directorio 101900000022

Estimado Señor Asociado:

Mediante la presente, siempre en defensa del empresariado nacional, La CNC-Bolivia luego de impugnar la RND 10190000022 ante el MEFP, ha logrado que el Ministerio deje sin efecto la marca de control de "notificaciones pendientes", que bloqueaba de tramites de NIT y Facturación a un contribuyente por 10 días, que tenía notificaciones pendientes no realizadas por el SIN, perjudicando en su operativa comercial a una empresa por retrasos en notificaciones atribuibles al SIN. En este sentido, cuando una empresa tenga notificaciones pendientes no será bloqueada de sus trámites de NIT o Facturación en la plataforma del SIN.

Cualquier duda adicional sobre este aspecto podrá ser atendida por nuestros asesores tributarios en el servicio de miércoles Tributario sin costo adicional para los asociados.

Sin otro particular nos despedimos de usted con el respeto de la más alta estima institucional.

 

ANEXO 0007 RM Nro. 20
[3 MB]

 

 

 

Dr. José Romero Frías
ASESOR JURÍDICO LEGAL PRINCIPAL CÁMARA NACIONAL DE COMERCIO
Av. Mcal. Santa Cruz 1392 • Edif. Cámara Nacional de Comercio Piso 1 - 2 • Telf.: 591 2 2378606 • Fax: 2391004 • cnc@cnc.bo