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Puertos para el comercio exterior boliviano                                                                                    Alternativas y desafíos para el empresario nacional


             XVII. MARCO JURÍDICO DEL PUERTO DE ROSARIO (ARGENTINA).                                             rio, a fin de permitir una inmediata y eficiente operatividad.

               El 11 de diciembre de 1968, mediante Nota Nº 59, Argentina expresó la                           En virtud al Acta de entrega de dicha Zona Franca, suscrita en fecha 6 de
             oportunidad de constituir una comisión mixta para el estudio del régimen                        julio de 1976, se efectiviza su entrega formal a Bolivia en Rosario, conforme
             aplicable, jurisdicción, uso y servicios de la zona franca de Rosario a ser ce-                 al Convenio y del Protocolo Modificatorio del Anexo I.
             dida a Bolivia. En fechas 26, 28 de febrero y 3 de marzo de 1969, se instauró                     En relación a las acciones y gestión adoptadas por el Estado boliviano, ac-
             la reunión de la Comisión Mixta Argentino – Boliviana, que concluyó el 4 de                     tualmente el muelle de atraque y los galpones se encuentran en estado de
             junio de 1969 con la suscripción del Convenio para el establecimiento de una                    deterioro (infraestructura subacuática), situación que generó que, durante la
             zona franca para Bolivia en el Puerto de Rosario.                                               primera Comisión mixta sobre dicha Zona Franca, la delegación argentina

             Aspectos relevantes del Convenio para el establecimiento de una Zona                            plantee su relocalización del Puerto de Rosario al puerto de Ibicuy y el Puer-
             Franca para Bolivia en el Puerto de Rosario.                                                    to de San Lorenzo (pendiente de definición al día de hoy).
             •  Argentina cede a Bolivia una zona franca en el Puerto de Rosario para las                    XVII.1. Concesión Puerto de Rosario y el modelo portuario argentino.
                 mercancías de exportación e importación, las cuales no se encontrarán                         Durante  el  periodo  1943–1980  la  propiedad,  administración,  control  y
                 sujetas al pago de derechos, impuestos, recargos o gravamen alguno, ni a                    operación de los puertos de Argentina se encontraban en manos del Estado,
                 la intervención de las autoridades aduaneras argentinas.                                    representada por la Administración General de Puertos (AGP SE) y la Ca-
             •  Los productos procedentes o destinados a Bolivia podrán ser deposita-                        pitanía General de Puertos, bajo la perspectiva de que el servicio portuario
                 dos sin límite de tiempo.                                                                   es de naturaleza pública. En ese sentido, el sistema portuario argentino se
                                                                                                             desenvolvió en un modelo monopolista en el cual –sólo como excepción– la
             •  Dentro de los límites de la zona franca cedida se podrán efectuar activi-                    empresa privada participó mediante la “concesión temporal del servicio”.
                 dades de tipo comercial e industrial.                                                         Resultado de la implementación de esta medida, a fines de la década de los

             •  Bolivia tiene el derecho a mantener –al interior de la zona franca– fun-                     80, el recinto portuario de Rosario contaba con un nivel bajo de inversión
                 cionarios fiscales y aduaneros para el control y vigilancia de la carga bo-                 –variable que incluía el mantenimiento de la operación– que le restó compe-
                 liviana.                                                                                    titividad, dado que su mano de obra, como recurso permanente, era superior
                                                                                                             en relación a su demanda efectiva, la cual sumada a la rigidez en las regula-
             •  La zona franca cedida permanecerá sometida a la jurisdicción de la Re-                       ciones laborales, identificaban a Rosario como una terminal ineficiente.
                 pública Argentina, reservándose sus todas facultades emanadas de su so-
                 beranía nacional.                                                                             Debido a la situación interna, dicho recinto no cubría la demanda de las
                                                                                                             exportaciones de granos efectuadas en ese entonces por Argentina, las cua-
             •  Argentina se reserva el derecho de efectuar los controles que estime con-                    les fueron en aumento desde 1965. Sin embargo, mediante la promulgación
                 venientes para mantener el ingreso y egreso de las mercancías con desti-                    del Decreto Ley Nº 22.108/79, de 30 de noviembre de 1979, se dispone –por
                 no a la zona franca.                                                                        primera vez– la existencia de elevadores de granos e instalaciones portuarias
             •  Mediante Nota Nº 145, de 12 de julio de 1971, Argentina aprueba el Re-                       particulares.
                 glamento del Convenio para el establecimiento de una Zona Franca para                         En 1985 se inicia la construcción de varios puertos privados en la región
                 la República de Bolivia en el Puerto de Rosario. El 16 de marzo de 1976                     que, en el caso de Rosario, derivó en la concesión de los Terminales VI y VII
                 se suscribe el protocolo modificatorio del Anexo I del Convenio en aten-                    a la Empresa de Servicios Portuarios S.A, ya que en dicha gestión se registra
                 ción a la solicitud efectuada por Bolivia, referida a la reubicación de la                  el valor máximo de las exportaciones, que alcanzaron a 9 millones de ton.
                 zona franca, trasladándola en la parte sur del recinto portuario de Rosa-
                                                                                                               El hecho anterior adquiere mayor relevancia en la década de los 90’, en la



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